lunes, 23 de enero de 2017

¿ DERECHOS HUMANOS EN CUBA ?. ( 6 ta parte ).




Basándose en mí firme convicción como Dama de Blanco y propietaria del blog, principiostodos.blogspot.com, mediante el cual he denunciado la hostilidad represiva del gobierno cubano contra toda persona que se expresa en  oposición a la política imperante y su desinterés ante las necesidades fundamentales del pueblo
Como medida de hostigamiento y coacción, el día 16 de junio del año 2015 me retiraron el servicio de agua potable, dos días después cortaron el fluido eléctrico solamente en la parte que ocupo dentro de mi vivienda, donde resido hace 57 años, el resto de la casa conserva ambos servicios incluyendo gas y fogón el cual me impiden utilizar.
Como ciudadana, he acudido a todas las instancias judiciales y políticas denunciando estas violaciones  ya que me tienen viviendo en condiciones infrahumanas, a mis 67 años y presentando descompensación en mi salud.

El día 28 de julio del pasado año comencé con un cuadro diarreico que permaneció durante 9 días hasta llegar a la deshidratación, el 27 cesaron  comenzando a recuperarme aunque sin fuerzas para caminar hasta el 31 de julio.
Durante las últimas semanas  desde que anochece  me acoge una sensación de ahogo y un ligero e inevitable temblor en todo el cuerpo, aun cuando no piense en esta asfixiante obscuridad.
Aguda descompensación en mi presión arterial y aceleramiento progresivo en la miopía que padezco, posiblemente ocasionado por los más de 16 meses en esta obscuridad.
A pesar  de mi edad siempre he sido de buena salud, este descontrol  está siendo provocado por  el  excesivo  estrés  que me causa el abuso cometido por las autoridades políticas y sus cómplices  contra mi integridad física  y psicológica.

La Seguridad del Estado, en su afán por desvirtuar  la realidad se ha dado a la tarea de divulgar que se trata de problemas familiares con los que nada tienen que ver.

El Código Penal vigente en Cuba, en su Ley No. 62. Artículo 159, incisos: 1 y 2.  Referido al Ejercicio Arbitrario de Derecho expresa textualmente:

CAPITULO VIII

EJERCICIO ARBITRARIO DE DERECHO.

ARTICULO 159. 1,  El que, en lugar de recurrir a la autoridad competente para ejercer un derecho que le corresponda o razonablemente crea corresponderle, lo ejerza por sí mismo, en contra de la voluntad expresa  o presunta del obligado incurre en sanción de privación de libertad de uno a tres meses o multa hasta cien cuotas.

2. Si se emplea  violencia o intimidación en las personas o fuerza en las cosas para ejecutar el hecho y siempre que este, por sus resultados, no constituya un delito de mayor entidad, la sanción es de privación de libertad de tres meses a un año, o multa de cien a trescientas cuotas.

--------------------------------------------------------------------------------------------------------.

A pesar de mi insistencia ante la Unidad de la Policía Nacional Revolucionaria, siempre se negaron a aceptar mi denuncia, por lo que el día 10 de agosto acudí a la Dirección Nacional de la Policía, siendo atendida por un oficial que dijo tener grado de coronel, el que por vía telefónica se comunicó con la unidad de la policía ordenando se procediera a aceptar mi demanda, al llegar a la unidad el teniente de apellido Lastre quien aceptó haber recibido la llamada se negó a aceptar la denuncia, a pesar de mi insistencia y haber permanecido allí durante más de dos horas para que fuese aceptada.
El 28 de agosto, se pudo efectuar la denuncia quedando radicada al expediente # 48971/ 2015, por los delitos de Ejercicio Arbitrario de Derecho y coacción, contra mi hermano Hiram Llerandi Kindelán (papo), por haber sido él quien inicialmente me retiró el agua potable y la electricidad, siendo protegido por las autoridades políticas en su colaboración con ellos.
La demanda fue aceptada, pero el día 22 de septiembre se presentó en mi casa una oficial de la policía, informándome que la denuncia presentada por mí, contra mi hermano había sido archivada de manera definitiva, e insistiendo para que le firmara un documento, a lo que me negué en todo momento.
Mi hermano presume de su colaboración con la Seguridad del Estado, profiriendo reiteradas ofensas contra mi persona  por ser Dama de Blanco.
(Poseo grabaciones).
Prácticas de igual manera utilizadas por un sobrino nuestro el cual reside en la misma vivienda, dedicándose noche tras noche a interrumpir mi sueño coataques psicológicos como golpes en la pared de mi cuarto, tirando pomos plásticos, las puertas  y manteniendo alto el volumen de su televisor, pues su cuarto colinda con el mío.
Hace alrededor de 40 días, mi hermano le cortó la electricidad a este sobrino, quien lo denunció ante la policía, transcurridas tres horas tuvo que restablecerle el servicio, bajo amenaza policial de ser arrestado.

El agente de la Seguridad del Estado que se hace llamar Adriel, acude a mi casa para decirme:
“No sigas escribiendo a todos esos lugares reclamando por el agua y la luz.  ¿Tú sabes lo que hacen con esos escritos tuyos?, nos lo entregan a nosotros, tú estás haciendo una cosa y nosotros estamos haciendo lo contrario, no sigas. Ahora nos enteramos de que escribiste a Atención a la Ciudadanía, no sigas porque es por gusto. En cuanto abandones a las Damas de Blanco te ponemos el agua y la luz ".

Entre los días 16 y 18 de este mes enero, se cumplirán 19 meses enfrentando esta situación, sin agua, sin electricidad, comiendo donde y cuando se puede, mis pertenencias deteriorándose  y mi salud quebrándose.

Iris Llerandi Kindelán.
Lunes  23  de  enero  del  año 2017.