Tal como se muestra en esta fotocopia de fecha 20 de enero del año 2016, no se reflejaban las visitas recibidas en mi blog.
Posteriormente tampoco los seguidores, hasta enero de 2017, en que ambas cifras reaparecieron con un nuevo conteo, prácticamente desde cero.
Aunque se han perdido mas de 16,063 visitas, de acuerdo a las disminuciones que he podido contar, a esta cifra de 16,000 visitas desaparecidas, se deben agregar las que no se reflejaron durante el año que se mantuvo en blanco esa casilla.
Comparar con las publicaciones anteriores.
martes, 22 de agosto de 2017
lunes, 21 de agosto de 2017
VISITAS DESAPARECIDAS EN MI BLOG ( 2da parte)..
Esta publicación está relacionada con las dos anteriores.
Observen, que la cifra de visitas recibidas en la fecha que muestra esta fotocopia, 17 de noviembre del año 2015, era superior a la cifra actual de visitas.
VISITAS DESAPARECIDAS EN MI BLOG. (1ra parte).
Esta publicación se relaciona con la anterior.
Observen por favor, que la cifra de visitas recibidas y mostradas en esta fotocopia de fecha 16 de junio del año 2015, es superior a la cifra actual de visitas.
MAS DE 14,200, Y 1,863 VISITAS RECIBIDAS Y DESAPARECIDAS EN MI BLOG.
En publicaciones anteriores, como la efectuada el lunes 11 de abril de 2016, he hablado sobre los problemas en mi blog, problemas tales como la disminución sorpresiva de las más de 14,200 visitas recibidas durante su primer año y medio de creado, (junio de 2014-diciembre de 2015).
Posteriormente, pude observar que las disminuciones continuaban, logrando comprobar 1,863 mientras publicaba en el blog.
Además, la desaparición de la cifra de seguidores.
Durante un año, diciembre de 2015-diciembre de 2016, no se visualizaron, seguidores ni visitas.
En enero, recomenzaron a observarse los seguidores con dos cifras diferentes, 1 y 16 de manera simultanea.
Con relación a las visitas, también a partir de enero 2017, apareció un nuevo conteo que ha ascendido hasta la cifra que se observa en este momento 5,598.
Seguidamente, les mostraré cuatro de las múltiples hojas impresas que he conservado, como constancia de estas disminuciones inexplicables para mi.
En el extremo superior izquierdo de cada hoja se observa la fecha de impresión.
Las tres publicaciones siguientes se relacionan con esta.
n.
RESOLUCIÓN # 394. NEGACION DE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES.
Ante la arbitraria sanción política que me había sido impuesta, por motivo de mi asociación con religiosos.
Presenté mi inconformidad de manera legal.
Aquí les muestro, la notificación del tribunal emitiendo su fallo.
El que dictaminó, que el proceso de inconformidad por mi presentado carecía de fuerza legal, porque la sanción aplicada se había fundamentado en órdenes recibidas del gobierno y, amparada en la Resolución # 394, posteriormente firmada por el Ministro Presidente del Comité Estatal de trabajo y Seguridad Social.

Esta injusticia gubernamental, constituyó una evidente violación de los refrendado en la Declaración Universal de Derechos Humanos sus artículos, # 6. 7. 8. 10. 18. 20. 23-1. 28. 30.
viernes, 18 de agosto de 2017
RESOLUCIÓN # 394. TOTALMENTE ARBITRARIA.
La sanción laboral basada en el Decreto ley # 32, a la cual se hace referencia en el citado documento, con traslado hacia otro puesto de trabajo de menor categoría, consistió, en mi traslado temporal para la Sección de Enrolo (administración). Quedando suspendido mi trabajo a bordo de los buques y por ende, los viajes hacia los diferentes países a los cuales se dirigieran llevando mercancía.
Recuerdo; que a una trabajadora de nombre Rosa, le aplicaron igual sanción, porque su marido informó que ella enviaba, y recibía correspondencia a, y de familiares suyos, que residían en los Estados Unidos.
María Tapia, corrió con la misma suerte, porque había autorizado la salida legal de su hijo, con el padre del menor hacia los Estados Unidos.
Todos los trabajadores, a los que por diversos razones las autoridades cubanas consideraron no confiables para trabajar a bordo de los buques, de acuerdo a la política imperante, fueron desenrolados como tripulantes, y ubicados en las oficinas de la empresa, o en buques que no efectuaban viajes al extranjero.
Posteriormente, el gobierno, mediante el Ministro de Transporte puso en vigor la Resolución # 394, la que dictó, que las personas no elegibles para trabajar a bordo de los buques, tampoco podían pertenecer a la empresa, causando baja definitiva. Independientemente de los años que llevaran laborando en la misma.
miércoles, 9 de agosto de 2017
LEY # 394. SANCIÓN POLÍTICA CUBANA.
En publicaciones anteriores, he hablado sobre la Resolución #394, del Ministerio de Transporte, la que me fue aplicada cuando me desempeñaba como marinera de servicio a bordo de los buques.
Cuya sanción consistió, en la separación definitiva de mi puesto de trabajo, al ser informada la administración de la empresa, sobre mi relación con los miembros de la Organización Testigos de Jehová.
Esa organización, estaba calificada por el gobierno cubano, como: POTENCIALMENTE CONTRARREVOLUCIONARIA.
Aunque a partir de la década de los 90s, estos religiosos decidieron resolver sus problemas con las autoridades cubanas, lo que dió lugar a que cesaran la persecución, el cierre de sus salones de reuniones, y los encarcelamientos.
Resultando muy notablemente beneficiados, en base al nuevo intercambio de relaciones.
A continuación, les muestro copia del modelo oficial, (constancia de baja).
Como podrán observar, todos los espacios creados para reflejar los motivos laborales de la sanción aparecen en blanco.
En su parte inferior, se especifica como motivo de la sanción. Ley # 394.
CONTINÚA EN LA SIGUIENTE PUBLICACIÓN.

lunes, 7 de agosto de 2017
DOS AÑOS Y MÁS, SIN AGUA NI ELECTRICIDAD.
Entre los días 16 y 18 del mes junio, del presente año 2017, se cumplieron dos años de esta situación que estoy confrontando con las autoridades cubanas, y la manipulación por parte de ellos de mi hermano Hiram Llerandi Kindelán (papo).
Ellos están sorprendidos, porque al inicio de estos ataques. expresaron que yo no tendría fuerzas físicas, ni mentales para soportar semejante barbarie.
Ante su desengaño, se han dedicado a divulgar que el problema con la electricidad fue provocado por una cocina eléctrica de mi propiedad que durante su funcionamiento afectó una fase en la conexión eléctrica. ESO NO FUE CIERTO.
Alegan además, que mi hermano y mi sobrino tampoco tienen agua, pero no dicen que si ellos no están disfrutando de ese servicio, desde hace solamente seis meses, es por rotura del motor que solamente ellos manipulan. Y cuando lo arreglan, solo se abastecen ellos dos.
Por último, han decidido que debo proceder a cubrir los gastos de cablearía, instalación y mano de obra para restablecer la electricidad en el área afectada, (la que ocupo dentro de mi vivienda). Debiendo ocuparme además de comprar un tanque y una manguera, para cuando arreglen el motor servirme del agua con mis recursos propios. Esta nueva versión de los hechos ha surgido a partir del fallecimiento de otro de mis hermanos, el que me enviaba ayuda económica desde los Estados Unidos.
Los verdugos que me reprimen saben que no tengo recursos económicos para cubrir esos gastos.
A las personas entre las cuales pretenden desacreditarme les han dado diferentes versiones:
1: Que se trata de problemas familiares. Aunque impuse una demanda judicial radicada al expediente #48971/2015, en la unidad de la Policía Nacional Revolucionaria ( P.N.R.), contra el familiar que según ellos me estaba creando esta situación, pero la fiscalía procedió a archivar mi demanda.
2: Que estos servicios de agua y electricidad, no me serán restablecido, mientras no abandone mis prácticas como miembro del movimiento Damas de Blanco.
Lo que me fue informado por un agente de la contrainteligencia (CI), el cual se hace llamar Adriel.
3: Que estoy siendo castigada por haber mantenido una conducta indecorosa hace 10 años, cuando pertenecía a una organización religiosa. Los miembros de esa organización, durante diez años me han negado su participación en conductas, o comentarios que pudieran atentar contra mi integridad moral, agregando que se trata de asuntos netamente políticos, a los cuales ellos no se pueden enfrentar. Aunque no dudo que por intimidación y miedo, hayan colaborado con estas autoridades, ejerciendo la calumnia y difamación solapadas en mi contra.
4: Otro de mis hermanos, el cual es miembro de esa organización religiosa, le ha insistido a su hijo de 43 años de edad, para que me permita sacar una extensión electrifica desde su habitación, colindante con la mía, de manera que mi espacio también reciba energía eléctrica. Esto me ha sido informado de manera reiterada por mi sobrino, como una petición insistente de sus padres, residentes en los Estados Unidos. Agregando este sobrino, que sus padres le insisten en que es un abuso lo que me están haciendo, tanto por los hechos, como por mi avanzada edad próxima a los 68 años.
En el año 2014, me incorporé al movimiento Damas de Blanco, Laura Pollán.
A los siete meses exactamente, me retiraron el servicio de agua potable.
Dos días después, cortaron la energía eléctrica en el área que ocupo dentro de mi vivienda, donde he vivido de manera permanente desde los 9 años de edad, y tengo 67.
En consulta con un abogado, este me sugirió comprarme una cocina eléctrica, lo cual hice, pero nuevamente las autoridades políticas utilizaron a mi hermano para intensificar sus agresiones contra mi persona, retirándome el servicio de electricidad, al cortar cables que transmitían ese fluido, hacia la parte de la casa ocupada por mi.
REITERO QUE ESTOS ATAQUES PSICOLÓGICOS Y FÍSICOS, COMENZARON, JUSTAMENTE A LOS 7 MESES DE HABERME INCORPORADO AL MOVIMIENTO DAMAS DE BLANCO.
ESTOS HECHOS EN DETALLES FUERON PUBLICADOS POR MI, CON EL TITULO:
¿DERECHOS HUMANOS EN CUBA? (6ta parte).
El día 23 de enero de 2017.
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